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Ley Integral del Sistema de Pensiones (FAQ)

Entrada en vigencia de la reforma de pensiones

La entrada en vigencia de la reforma de pensiones de el Salvador es apartir del 30 de diciembre de 2022

Entidad encargada de supervision del sistema de pensiones El Salvador

Art. 3 de la Ley Integral de Sistema de Pensiones, la supervision estará a cargo de la Superintendencia del Sistema Financiero.

Entidad encargada de emitir la normativa tecnica del sistema de pensiones

Art. 4 de la Ley Integral de Sistema de pensiones: El comite de normas del Banco Central de Reserva de El Salvador será el responsable de emitir la normativa tecnica para facilitar la aplicacion de la ley integral de de sistema de pensiones

Personas excluidas del sistema de la ley integral de pensiones

Art.11 Ley Integral del Sistema de Pensiones: Estan excluidos los cotizantes y los pensionados por vejez e invalidez del Instituto de Prevision Social de la Fuerza Armada (IPSFA)

Requisito para cambiar de AFP Crecer a AFP Confia y viceversa

Art.12 Ley Integral del Sistema de Pensiones: Los afiliados transpasarse de una administradora a otra, cuando hubieren realizado al menos doce cotizaciones mensuales en una misma administradora.

Es obligatorio cotizar en una AFP

Art.13 Ley Integral del Sistema de Pensiones: Durante la vigencia de la relacion laboral, los trabajadores y empleadores deberan efectuar cotizaciones de forma mensual y obligatoria al sistema

Salario minimo que debe reportarse en las AFP

Art.14 Ley Integral del Sistema de Pensiones: El ingreso minimo para calcular las cotizaciones obligatorias de los trabajadores dependientes será el salario mensual que devenguen ó el subsidio respectivo de incapacidad por enfermedad, accidente o maternidad.
Dicha base no podrá ser inferior al salario minimo legal mensual en vigencia.

Ingresos excluidos de calculo de cotizacion AFP

No forman parte del Ingreso Base de Cotizacion (IBC)
a) Las gratificaciones y bonificaciones ocasionales
b) El aguinaldo
c) Viaticos, gastos de representación y prestaciones sociales establecidas por la ley.

Ingreso base de cotizacion para trabajadores independientes

Art.15 Ley Integral del Sistema de Pensiones: En ningun de los casos será menor al salario minimo legal mensual en vigencia.

Como esta distribuida las cotizaciones y aportaciones patronales

Art.16 Ley Integral del Sistema de Pensiones: La tasa de cotizaciones será del 16% sobre el Ingreso ase de Cotización (IBC), de los cuales el 7.25% será aportado por el trabajador y el 8.75% será aportado por el empleador.

Distribución de la tasa de cotizaciondel sistema de pensiones:

9.0% Será acreditado a la cuenta individual de ahorro de pensiones
6.0% Será acreditado a la cuenta de garantia solidaria.
1.0% Será destinará como comisión para las administradoras (AFP)

Salvadoreños en el exterior podrán cotizar al sistema de pensiones

Art.18 Ley Integral del Sistema de Pensiones: Los salvadoreños no domiciliados en el territorio nacional podrán acceder a los beneficios de vejez, contemplados en esta ley, los mismos podrán cotizar a una cuenta individual de pensiones, las adminisradoras pondrán a dispocision los diferentes planes y programas de ahorro.

Capital minimo para constituir una AFP en el Salvador

Art.31 Ley Integral del Sistema de Pensiones: El capital social para la formacion de una administradora no podrá ser menor a $900,000.00 el cual deberá estar debidamente suscrito y pagado en efectivo al tiempo de otorgarse la escritura social.

Contabilidad para las AFP en El Salvador

Art.45 Ley Integral del Sistema de Pensiones: El Banco Central de Reserva a traves de su comite de normas es el encargado de emitir la normativa contable correspondiente en el cual se determinarán las obligaciones contables de las AFP y del fondo de pensiones, los principios contables a de aplicación obligatoria.

Garantía del fondo de pensiones

Art.76 Ley Integral del Sistema de Pensiones: Corresponde en primer instancia a el Instituto Salvadoreño de Pensiones y en caso que dicha participacion resultaré ineficiente, le correspondera al estado salvadoreño

Edad de retiro para pensionarse en el Salvador

Art.96 Ley Integral del Sistema de Pensiones: Para las pensiones de vejez, la edad de retiro para hombres es de 60 años y para las mujeres de 55 años

Pension minima en el Salvador

Art.114 inc Ley Integral del Sistema de Pensiones: Las pensiones minimas del sistema son las siguientes:
a) $304.17 por vejez, invalidez total y sobrevivencia
b) Equivalente añ 70% del monto establecido para invalidez parcial, establecido en el literial anterior.

Pension maxima en el Salvador

Art.98 inc 7to Ley Integral del Sistema de Pensiones: La pensión calculada de conformidad al presente articulo y al art97 de esta ley en ningun caso será superior a $3,000

Beneficio tributario

Art.138 Ley Integral del Sistema de Pensiones: Los rendimientos por inversiones de los fondos de ahorro previsional voluntario serán considerados RENTAS NO GRAVABLES para efectos de Impuesto Sobre la Renta y los aportes que los empleadores y afiliafos realicen a dichos fondos en concepto de ahorro previsional voluntario, serán considerados como gastos deducibles de la renta imponible hasta por el 10% del ingreso base de cotización.
Otras personas naturales no afiliafas que realicen aportes a los mimos, podran deducir hasta un 10% de la renta imponible declarada en el ejercicio fiscal inmediato anterior.