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Estrategias para cumplimiento de obligaciones tributarias ante Emergencia Covid19

En cumplimiento al Estado de Emergencia Nacional por la Pandemia del Coronavirus COVID-19, declarada por el Gobierno de El Salvador, La Dirección General de Impuestos Internos (DGII), informa a los contribuyentes la suspensión de procedimientos administrativos desarrollados por esta Dirección hasta el próximo 12 de abril:

  • Procedimiento de liquidación oficiosa de tributos, ya sea que se encuentre en la etapa de fiscalización o de audiencia y apertura a pruebas o de tasación.
  • Procedimientos de imposición de sanciones por Incumplimientos Tributarios a Obligaciones Formales.

Además, se suspenden los plazos relativos a peticiones y consultas tributarias y a la notificación de los actos administrativos concernientes a los procedimientos mencionados anteriormente.

De igual forma la DGII hace del conocimiento de contribuyentes la entrada en vigencia de la exoneración del pago de la Contribución Especial para la Promoción del Turismo, regulada en el artículo 16 de la Ley de Turismo, por el plazo de 3 meses.

También, se prorroga el plazo para el pago del Impuesto sobre la Renta (ISR), correspondiente al ejercicio 2019, de sujetos pasivos dedicados al sector turismo, cuyo impuesto a pagar sea igual o inferior a $25,000.00, hasta el día 31 de mayo de 2020.

Así mismo, se prorroga el plazo para el pago del ISR, correspondiente al ejercicio impositivo de 2019 para los siguientes casos:

  • Sujetos pasivos cuyo impuesto a pagar sea igual o inferior a $10,000.00.
  • Sujetos pasivos que se dedican a la generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica.
  • Sujetos pasivos que se dedican en conjunto o al menos 2 servicios, ya sea de Televisión por suscripción, Internet residencial y comercial, telefonía fija y móvil.

Para los casos anteriores los contribuyentes pueden solicitar autorización de pago a plazos ante la Dirección General de Tesorería (DGT), que puede otorgar hasta un máximo de 8 cuotas mensuales, debiendo cancelarse en el mes de mayo de 2020, el 10% como primera cuota en el mes de mayo.

Por último, se prorroga el plazo para efectuar el entero del Anticipo a Cuenta del ISR, correspondiente a los períodos de marzo, abril y mayo de 2020, de los sujetos pasivos que se dedican en conjunto o al menos 2 servicios, ya sea de Televisión por suscripción, internet residencial y comercial, telefonía fija y móvil, solicitando autorización de pago a plazos ante la DGT, que dispondrá hasta un máximo de 6 cuotas mensuales y sucesivas, debiendo cancelar el 10% del total de los enteros de los meses mencionados para el mes de julio.

Estas medidas tienen el objetivo de facilitar los procesos Tributarios a cargo de esta Cartera de Estado a través de la puesta en marcha de estrategias puntuales, responsables y viables que beneficien a los contribuyentes ante las disposiciones del Decreto de Emergencia Nacional.

Fuente: https://www.mh.gob.sv/pmh/es/Novedades/12856-Hacienda-implementa-estrategias-para-cumplimiento-de-obligaciones-tributarias-ante-Emergencia-Nacional.html